counters

jueves, 30 de junio de 2011

EN ESTE MOMENTO POR AMOR A TU PATRIA, EL PUEBLO VENEZOLANO ESTA CONTIGO, ESTAS CON EL SOL DEL AMANECER!!!!! LO HAS LOGRADO COMANDANTE VALIENTE!


!!!SIGAMOS ESCALANDO CON CON CHAVEZ!!!! UNIDAD Y MAS UNIDAD!! ES NUESTRO COMPROMISO !!!PA LANTE COMANDANTE!!!!TU VOTO COMANDANTE VALIENTE, GUERRERO ES POR AMOR CON FRENESI, TU VOTO ES POR TU SALUD !!!!POR TU FELIZ RETORNO A TU PATRIA AMADA VENEZUELA!! PA` LANTE COMANDANTE!! VENCEREMOS!!

El 30 de Junio de 1990, en San José de Galipán, estado Vargas es inaugurado el MUSEO DE LAS PIEDRAS MARINAS SOÑADORAS .

Al llegar a San José de Galipan se obtiene una vista increíble donde se puede apreciar el Puerto de la Guaira y el Aeropuerto Internacional; es una de las vistas mas bellas de Venezuela dicho por expertos en la materia. Mas adelante se encuentra este lugar mágico El Museo de la Piedras Marinas Sonadoras, que según se dice fue creado por Zoez, un especie de chaman de la montana que mantiene el equilibrio en la región y en sus ratos libres idolatra a la mujer reconociendo a la naturaleza como la gran matriarca.
Es considerado como uno de los primeros museos de arte ecológicos en el mundo. Está conformado por seis espacios que presentan cada uno una dinámica distinta y proponen una manera particular de entrar en contacto directo con el arte.
Las obras están dispuestas en todo el espacio del museo, brindando al visitante la oportunidad de realizar una obra artística de reelaboración permanente.Cada espacio presenta dinámicas diferentes que hacen al visitante recorrer una única oportunidad de contacto directo con el arte.

El 30 de Junio de 1997 se produce la devolución de la isla de Hong Kong a la República Popular de China tras 99 años de protectorado inglés.


Tras la devolucion, para no provocar una ruptura social y una crisis económica, China se comprometió bajo la política "un país, dos sistemas", a mantener la convivencia de dos sistemas económicos diferentes: el socialismo con características chinas y el capitalismo legado por los europeos.Con ese acuerdo China se comprometía a que en la isla de Hong Kong mantendría el estilo de vida capitalista durante 50 años.

EL 30 de Junio de 1959 fallece en Ciudad de México, el ensayista, ideólogo y político mexicano JOSE VASCONCELOS, conocido como "EL MAESTRO DE AMERICA"


Durante su carrera intelectual y política organizó la educación popular, creó bibliotecas, editó libros de autores clásicos, promovió la pintura mural, alentó a una generación de poetas y contribuyó a la comprensión de la cultura hispanoamericana.

Colaboró en publicaciones periódicas como La Antorcha y El Maestro y fue Doctor Honoris Causa por las Universidades de Puerto Rico, Guatemala, Chile y la Universidad Nacional Autónoma de México.Participó en la fundación del Colegio Nacional de México en 1943 e ingresó en la Academia Mexicana de la Lengua en 1953.

Mereció, por sus cualidades de pedagogo y su decidido apoyo a la cultura latinoamericana que la Federación de Estudiantes de Colombia lo nombrara Maestro de la Juventud de América .Durante su rectorado, José Vasconcelos dotó a la Universidad de su actual escudo en el cual el águila mexicana y el cóndor andino, cual ave bicéfala, protegen el despliegue del mapa de América Latina, desde la frontera norte de México hasta el Cabo de Hornos, plasmando la unificación de los iberoamericanos: "Nuestro continente nuevo y antiguo, predestinado a contener una raza quinta, la raza cósmica, en la cual se fundirán las dispersas y se consumará la unidad".

El 30 de Junio 1865 se ratifica mediante un laudo español la soberania de Venezuela sobre la Isla de Aves situada a 500 kilómetros de nuestro país


Descubierta por Avaro Sanzze en 1584 y posteriormente fué reclamada por España, el Reino Unido, Portugal y los Países Bajos. La reclamación que Holanda interpuso a partir de 1854 por la posesión de la isla, fue solucionado por medio de un laudo arbitral que Isabel II de España declaró como espacio venezolano, a la pequeña isla de aves.

Esta isla es una área de gran importancia ecológica para la reproducción de la tortuga verde en Venezuela, y es una de los más importantes en todo el mundo.

Isla de Aves es una pequeña isla venezolana ubicada en el mar Caribe al oeste de las islas de Sotavento, a 110 km al oeste de Guadalupe y Dominica.Tiene una longitud que no excede los 375 m y nunca más de 50 m de ancho, su punto máximo es de 4 msnm en un día calmo. En algunas ocasiones, durante fuertes tormentas, la isla queda sumergida completamente.

La isla forma parte de las Dependencias Federales de Venezuela. En ella se ha instalado una base militar por parte de las fuerzas navales de Venezuela, levantada sobre pilotes para protegerla de la marea.Es un lugar de descanso y reproducción para las aves marinas.

El 29 de Junio 1900 entra en funcionamiento la Fundación Nobel, que otorga cada año cinco premios a personajes destacados.

La Fundación Nobel, que otorga cada año cinco premios a personajes destacados en las áreas de literatura, fisiología o medicina, química, física y paz. A partir de 1968 fue creado el de economía por el Banco Central de Suecia.

Su nombre se debe al célebre inventor, industrial y filántropo sueco Alfred Nobel, quien murió en 1896, dejando toda su fortuna para la creación de la Fundación, cuyo objetivo primordial sería el de promover y recompensar los trabajos de investigación que se realizan en todo el mundo. La sede funciona en Estocolmo y la fecha de premiación (cada 10 de diciembre), conmemora el aniversario de la muerte de Nobel.

Alfred Bernhard Nobel . dedicó su vida al estudio de los explosivos en San Petesburgo y Estocolmo ; en 1865 estableció una fábrica de nitroglicerina en Krümmel cerca del río Elba, la cual llegó a ser la más importante de toda Europa.

Para 1866 descubrió la dinamita y extendiendo su uso por toda Europa y América se establecieron quince fábricas en diferentes países.

Además de ser ingeniero químico, fue también un gran inventor. Uno de los inventos más importantes de Nobel fue desarrollar un método para la destilación continua del petróleo, lo que permitió que Rusia obtuviera un gran éxito en su industria petrolera durante esa época. En 1888 patentó la pólvora sin humo. Con la fabricación de explosivos y la explotación de los yacimientos petrolíferos de Bakú en el Cáucaso, logró hacerse de una gran fortuna con la que estableció los premios que llevan su nombre.

En 1900 nace en Lyon el aviador y escritor francésANTOINE DE SAINT EXUPERY , autor de El Principito.


En 1900 nace en Lyon el aviador y escritor francésANTOINE DE SAINT EXUPERY , autor de El Principito.Durante toda su vida fue un hombre de aventura y de compromiso.Conjugó su faceta de aviador con la de escritor hasta el punto de destacarse en ambas actividades.

Sus dos primeros libros, Correo del Sur y Vuelo nocturno (, se caracterizan por la evocación poética romántica de la disciplina del vuelo, que exige el cumplimiento del deber aun cuando se arriesgue la propia vida.

Sus obras posteriores, como Tierra de hombres y Piloto de guerra , hacen hincapié en la filosofía humanista que marcó su vida. Su archiconocido libro EL PRINCIPITO (1943) es una fábula infantil para adultos por su significado alegórico. Durante la II Guerra Mundial Saint-Exupéry se incorporó de nuevo a la fuerza aérea. Su avión fue abatido y el piloto logró escapar a Estados Unidos; posteriormente se incorporó a las tropas de la Francia Libre. Durante una misión de reconocimiento por el sur de Francia su avión desapareció y nunca volvió a encontrarse. Sus cuadernos de notas, reunidos bajo el título de Ciudadela , se publicaron póstumamente.

martes, 28 de junio de 2011

Hoy el DIA NACIONAL DEL TEATRO EN VENEZUELA, en recuerdo a la solicitud para escenificar un espectáculo teatral en Caracas ante el Cabildo de Caracas


Hoy el DIA NACIONAL DEL TEATRO EN VENEZUELA, en recuerdo a la solicitud para escenificar un espectáculo teatral en Caracas ante el Cabildo de Caracas el 28 de junio de año 1600.El Decreto de la celebración oficial del Día Nacional del Teatro en nuestro país, fué expedido en resolución del 13 de junio de 1978.

Aunque el teatro nacional siempre ha tenido altos y bajos, la lucha constante que tienen los artistas del teatro en nuestra país es una bandera que no ha dejado de ondear y que ha avanzado con el gobierno bolivariano con el paso del tiempo con una fiel persistencia en vincular lo social aderezándolo con anécdotas para mantener los escenarios locales cargados de historias, de narraciones.

En las principales ciudades del país, durante toda esta semana se estarán realizando diferentes eventos para celebrar este día. Obras de teatro, exposiciones, foros, teatro de calle, títeres, son algunas de las opciones para disfrutar de este arte, en su día.

“Día Nacional del Teatro”, una jornada en honor de una de las artes más antiguas ...!!!!!FELICITACIONES!!! ARRIBA EL TELON !!!!

El 28 de Junio el año 1984 es declarado Monumento Histórico Nacional a la antigua oficina principal de correos de Caracas o Correo Carmelitas.


El 28 de Junio el año 1984 es declarado Monumento Histórico Nacional a la antigua oficina principal de correos de Caracas o Correo Carmelitas.

Esta antigua oficina está situada en la Avenida Urdaneta, entre esquinas Santa Capilla y Carmelitas, en la parroquia Catedral de Caracas. En este mismo lugar se ubicaba la casa de los Condes de Tovar, construida a finales del siglo XVIII.

Sirvió además como lugar de hospedaje a Humboldt y Bompland a su llegada a Caracas; y durante un año de la Guerra Federal se convirtió en morada presidencial. Posteriormente pasó a tener varios usos gubernamentales. En la decada de los 30 se decide modificar radicalmente la antigua casa. Esta modificación consistió en construir una nueva estructura interna de tres niveles en concreto armado, conservando los muros externos del inmueble original, lo que permitió mantener las proporciones y elementos de las dos primeras plantas.

Sa construcción data de 1781 siendo propiedad del Conde Martín de Tovar. Fue casa dormitorio presidencial entre 1860 y 1861, luego la edificación sería utilizada como sede del Ministerio de Guerra y Marina. Para 1932 la estructura de la casona es modificada casi por completo incluyendo la contrucción de una nueva fachada de estilo gótico, puertas, ventanas y una tercera planta pero conservando elementos originales como algunas paredes y la escalera de piedra, desde ese momento se transforma en la sede del Correo de Caracas.

El 28 de Junio 1994 se le otorga la categoría de “municipio” a Pedernales, en el Estado Delta Amacuro.


El 28 de Junio 1994 se le otorga la categoría de “municipio” a Pedernales, en el Estado Delta Amacuro.Originalmente el espacio que ocupa hoy este municipio perteneció al distrito Guzmán Blanco, para ese entonces fue la capital; tiempo después fue el distrito Tucupita.

En la presidencia de Guzmán Blanco, Pedernales fue nombrado como la primera capital de esta entidad federal, el 27 de febrero del 1884 con el nombre de Territorio Federal Delta.

En la actualidad y por decreto emanado el 25 de febrero de 1995, este municipio se dividió en dos parroquias: Pedernales, capital Pedernales y Luis Beltrán Prieto Figueroa con su capital Capure. Por último, es importante destacar que en este municipio se inició la explotación petrolera en Delta Amacuro.

El 28 de Junio 1919, se firma el TRATADO DE PAZ DE VERSALLES entre las potencias aliadas y Alemania, dando fin a la Primera Guerra Mundial.


El 28 de Junio 1919, se firma el TRATADO DE PAZ DE VERSALLES entre las potencias aliadas y Alemania, dando fin a la Primera Guerra Mundial.Uno de los principales acontecimientos que desencadenaron la guerra fué el asesinato del Archiduque Fernando de Austria en Sarajevo.

Como concecuencia, Austria-Hungría declaró la guerra a Serbia y a partir de entonces se produjo la incorporación en cadena de países a la guerra como respuesta al sistema de alianzas.

A pesar de que el armisticio fue firmado meses antes, el 11 de noviembre de 1918, buscando poner fin a los combates en el campo de batalla, se necesitaron seis meses de negociaciones en la Conferencia de Paz de París. El Tratado entró en vigor, finalmente, el 10 de enero de 1920. Los resultados del tratado de Paz de Versalles llevaron al desmembramiento de los cuatro grandes imperios existentes al comenzar la guerra: austro-húngaro, otomano, ruso y alemán.

Tratado de Versalles (1919), acuerdo de paz firmado, tras la conclusión de la I Guerra Mundial, entre Alemania y las potencias aliadas vencedoras el 28 de junio de 1919 en la galería de los Espejos del palacio de Versalles, próximo a París. Fue negociado durante la conferencia de paz celebrada en Versalles, que comenzó el 18 de enero de 1919.

En ella participaron Estados Unidos , Gran Bretaña , Franci e Italia . Alemania, que había adoptado un régimen republicano (la llamada República de Weimar) tras la disolución del II Imperio Alemán al final de la guerra, quedó excluida de las conversaciones.

El 28 de Junio 1989 fallece ALFREDO SANCHEZ LUNA, mejor conocido como ALFREDO SADEL, considerado por muchos como el cantante popular y lírico .


El 28 de Junio 1989 fallece ALFREDO SANCHEZ LUNA, mejor conocido como ALFREDO SADEL, considerado por muchos como el cantante popular y lírico más importante en la historia musical de Venezuela.

Su primera presentación fue en la Catedral de Caracas, donde cantó el Ave María e impresionó satisfactoriamente al público. Diversos mecenas ayudaron a su formación que empezó en la Escuela Superior de Música de Caracas, y continuó a lo largo de su vida en Ciudad de México, Nueva York, Buenos Aires, Barcelona, Salzburgo y Milán e incluían solfeo, piano, armonía y composición. Fue catalogado como uno de los músicos más notorios de los años 40 y 50.

Como creador musical, Alfredo Sadel recorrió los diversos géneros, siempre basados en los ritmos y en la canción latinoamericana; siendo el bolero el predominante entre los pasajes, los valses y el pasodoble que lo llevaron a obtener fama y reconocimiento mundial.

Sadel fue uno de los primeros en incursionar internacionalmente en el mundo de la ópera, destacándose no sólo por su capacidad técnica sino por un alto nivel de interpretación.

Alfredo Sadel, grabó más de 2.000 canciones recogidas en cerca de 200 discos de 78 RPM y unos 130 larga duración editados en diversos países; la Fundación que lleva su nombre los está recopilando en discos con tecnología digital, en una serie denominada Documentos Alfredo Sadel, de modo que su voz y su memoria estén siempre presentes en el acervo cultural venezolano.

El 28 de Junio 1712, nace en Ginebra, Suiza,JEAN JACQUES ROUSSEAU , uno de los grandes ideólogos de la revolución francesa.


El 28 de Junio 1712, nace en Ginebra, Suiza,JEAN JACQUES ROUSSEAU , uno de los grandes ideólogos de la revolución francesa.Se opuso a la idea ilustrada de progreso, puesto que concibió que en la cultura y la civilización radicaban todos los males que aquejan al hombre, el cual, siendo bueno por naturaleza, se veía conducido a un estado de corrupción.

Las ideas políticas de Rousseau influyeron en gran medida en la Revolución francesa, el desarrollo de las teorías republicanas y el crecimiento del nacionalismo. Su herencia de pensador radical y revolucionario está probablemente mejor expresada en sus dos más célebres frases, una contenida en El contrato social: " EL HOMBRE NACE LIBRE,PERO EN TODOS LADOS ESTA ENCADENADO" ; la otra, contenida en su Emilio o de la Educación: "El hombre es bueno por naturaleza", de ahí su idea de la posibilidad de una educación.

Su obra y sus ideas políticas representan el espíritu de la Ilustración y sus ansias de libertad, que culminaron en la Revolución Francesa de 1789. En ella se aprecia una exaltación del sentimiento, que se refleja en sus teorías sobre la religión, la estética y la educación.

Contribuyó con el desarrollo de las teorías republicanas y el crecimiento del nacionalismo. Su herencia de pensador radical y revolucionario.En la obra, no cabe duda de que el pensamiento de Rousseau ha sido la gran fuente de inspiración tanto de la Revolución francesa, como de la comuna de París y de los movimientos comunistas del siglo XIX.

Además de en cuestiones políticas, Rousseau influyó enormemente en la literatura, así como en el movimiento romántico, del que fue un claro precursor.

En el año 1969, se producen los Disturbios de Stonewall en cuya memoria se celebra, en todo el mundo, el Día del Orgullo Gay.


En el año 1969, se producen los Disturbios de Stonewall en cuya memoria se celebra, en todo el mundo, el Día del Orgullo Gay.Ese día, la policía irrumpió en el bar Stonewall del barrio neoyorquino de Greenwich Village, frecuentado por mujeres transexuales y comenzó a realizar arrestos indiscriminados.


La resistencia de algunas a ser llevadas por la policía produjo disturbios violentos, en la que resultó una persona muerta y cientos de heridos y detenidos.

Durante las décadas de 1950 y 1960, los gays y lesbianas estadounidenses debían enfrentarse a un sistema legal mucho más hostil con los homosexuales que en muchos de los países al este del telón de acero. Los primeros grupos homófilos de EE. UU intentaron demostrar que, las personas homosexuales, podían insertarse en la sociedad y fomentaron una cultura de no confrontación entre homosexuales y heterosexuales.

Sin embargo, los últimos años de la década de 1960 fueron muy turbulentos, ya que había muchos movimientos sociales activos, tales como el movimiento afroamericano pro-derechos civiles de 1955 a 1968, la contracultura de los 60 y las manifestaciones contra la guerra.

Este clima beligerante, junto al ambiente liberal del Greenwich Village, influyó para que se produjeran la redada y los disturbios de Stonewall. Estos disturbios están considerados como unos de los hechos más importantes del movimiento por los derechos de gays y lesbianas.

lunes, 27 de junio de 2011

El Correo del Orinoco fue un periódico venezolano que circuló desde el 27 de junio de 1818 hasta el 23 de marzo de 1822,


Un periodismo de la verdad y para la verdad, que siempre es y será revolucionaria: eso es lo que se propone nuestro Correo del Orinoco, en estos momentos cuando nuevamente los intereses imperiales pretenden impedir la libertad y unidad de nuestros pueblos”, fueron las palabras del Presidente Hugo Chávez en el editorial de la primera edición del rotativo.

El Correo del Orinoco fue un periódico venezolano que circuló desde el 27 de junio de 1818 hasta el 23 de marzo de 1822, durante la Guerra de independencia de Venezuela. Fue creado por Simón Bolívar para contrarrestar la influencia de la Gaceta de Caracas, periódico al servicio de la Corona Española.

Con el firme propósito de combatir la canalla mediática venezolana, el presidente Hugo Chávez Frías impulsó la reedición del rotativo. Denominado por el Mandatario Nacional como “La artillería del pensamiento”, el 30 de agosto de 2009 el Correo del Orinoco comienza a circular nuevamente en el país.

El proyecto comunicacional fue anunciado el 27 de junio de 2008 durante la entrega del Premio Nacional de Periodismo, con la función de desmontar las falsas matrices generadas por los medios privados.

Sale el primer número del CORREO DEL ORINOCO en 1818. El más importante de los periódicos de la Independencia. Fue creado por el Libertador Bolívar


Sale el primer número del CORREO DEL ORINOCO en 1818. El más importante de los periódicos de la Independencia. Fue creado por el Libertador Bolívar tras el éxito de la Campa de Guayana como órgano propagandístico de la Tercera República que contrarestara al influencia de la Gazeta de Caracas (realista). Circuló desde el 27 de junio de 1818 hasta el 23 de marzo de 1822.

Bolívar encarece a Fernando Peñalver, Intendente General de Ejército Libertador, la consecución de una imprenta "Mándeme usted la imprenta que es tan importante como lospertrechos".Octubre 1817. A bordo de la goleta "María", José Miguel Ustariz trajo a Angostura desde Jamaica un pequeño taller tipográfico. Se embarcaron en la misma goleta, como parte de pago, 25 mulas. Las entregó Vicente Lecuna, Tesorero Nacional.

27 de Julio de 1888. Aparición del "Correo del Orinoco" en Angostura, capital de la Provincia de Guyana (Venezuela). Su primer artículo es un boletín del Estado mayor del Ejército Libertador de Venezuela firmado por Francisco de Paula Santander. El director de la publicación es Francisco Antonio Zea.

Se advierte que, atendiendo la orden de Bolívar de multiplicar los establecimientos tipográficos, se ha determinado instruir tres jóvenes en el arte de la imprenta. Entre los candidatos al oficio, se dará preferencia a los que sepan leer y escribir correctamente. Los elegidos serán mantenidos por cuenta del Estado.

En el Correo del Orinoco colaboraron pensadores de talla de Juan Germán Roscio y Manuel Palacio Fajardo. En total se editaron 133 números: 128 numerados y 5 extraordinarios, correspondiendo los últimos a importantes acciones militares como las de Boyacá y Carabobo.

El periódico publicó un buen número de decretos, leyes, boletines del ejército, cartas y proclamas. También incluyó extractos de periódicos extranjeros y diversos avisos sobre entrada y salida de buques. También se insertaron anécdotas, algunas curiosidades y poemas.

En conmemoración a la importancia que tuvo el Correo del Orinoco, el 27 de junio se celebra en Venezuela el Día Nacional del Periodista.

Día del Periodista 27 de junio, fecha conmemorativa de la aparición del primer número en 1818 de El Correo del Orinoco, fundado por el Libertador .


Día del Periodista 27 de junio, fecha conmemorativa de la aparición del primer número en 1818 de El Correo del Orinoco, fundado por el Libertador como vocero de los patriotas que luchaban por la independencia de Venezuela.

Desde 1976, cada 27 de junio en Venezuela se celebra el DIA DEL PERIODISTA, pero no es muy conocido el hecho de que la celebración de esta fecha se logró mediante una lucha de ideas vinculada a la Independencia del país.

El homenaje a los trabajadores de los medios de comunicación se celebraba el 24 de junio, fecha en la que se publicó el primer número de la Gaceta de Caracas, en el año de 1810.

Esto cambió, cuando Guillermo García Ponce, un parlamentario del Partido Comunista de Venezuela (PCV), propuso que el Día del Periodista se celebrara en conmemoración a la impresión del primer ejemplar de El Correo del Orinoco, periódico fundado por Bolívar el 27 de junio de 1818.

El 27 de junio de 1870 fue puesto en marcha de manera oficial por el General Antonio Guzmán Blanco, el Decreto de Instrucción Pública, Gratuita

El 27 de junio de 1870 fue puesto en marcha de manera oficial por el General Antonio Guzmán Blanco, el Decreto de Instrucción Pública, Gratuita y Obligatoria en Venezuela.

Se creó una Dirección Nacional de Instrucción Primaria con juntas seccionales en los estados, y un impuesto especial para la dotación de escuelas que se crearían en el futuro. Esta decisión produjo un significativo cambio en el proceso educativo, estableciendo una efectiva coordinación desde la capital de la República lo que se tradujo en la multiplicación de las escuelas en todo el país.

Junto a Guzmán Blanco, destacó igualmente la figura del Presidente de Guayana, Juan Bautista Dalla Costa, en favor de la educación pública en el país. El mismo, seis meses antes que Guzmán Blanco, creó en Ciudad Bolívar la instrucción popular para artesanos, industriales y jornaleros.


Decreto de Instrucción Pública, Gratuita y Obligatoria, 27 de Junio de 1870.Venezuela.

Considerando:

1º Que todos los asociados tienen derecho a participar de los trascendentales beneficios de la instrucción.

2º Que ella es necesaria en las Repúblicas para asegurar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes del ciudadano.

3º Que la instrucción primaria debe ser universal en atención a que es la base de todo conocimiento ulterior y toda perfección moral, y
4º Que por la Constitución federal el poder público debe establecer gratuitamente la educación primaria, decreto:

TÍTULO I

Disposiciones generales

Art. 1º La instrucción pública en Venezuela es de dos especies: obligatoria o necesaria y libre o voluntaria.

Art. 2º La instrucción obligatoria es aquella que la ley exige a todos los venezolanos de ambos sexos y que los poderes públicos están en el deber de dar gratuita y preferentemente. Comprende por ahora los principios generales de moral, la lectura y la escritura del idioma patrio, la aritmética práctica, el sistema métrico y el compendio de la Constitución federal.

Art. 3º La instrucción libre abarca todo los demás conocimientos que los venezolanos quieran adquirir en los distintos ramos del saber humano. Esta especie de instrucción será ofrecida gratuitamente por los poderes públicos en la extensión que les sea posible.

Art. 4º La instrucción obligatoria hace parte de la primaria, la cual puede limitarse a los conocimientos necesarios o extenderse a todos los que generalmente se tienen como elementales o preparatorios a juicio de la autoridad o individuo que la promueve.

Art. 5º Todo padre, madre, tutor o persona a cuyo cargo esté un niño o niña mayor de siete años y menor de edad, está obligado a enseñarle los conocimientos necesarios o a pagar un maestro que se los enseñe, y en caso de no poder hacer ni una ni otra cosa, deberá mandarlo a la escuela pública del lugar.

Art. 6º Los Estados dictarán las leyes y reglamentos indispensables para hacer efectivas las disposiciones anteriores. En consecuencia designarán los funcionarios que deban exigir su cumplimiento y establecerán los procedimientos y penas a que quedan sujetos los infractores.

Art. 7º La Nación, los Estados y los Municipios están obligados a promover en sus respectivas jurisdicciones y por cuantos medios puedan, la instrucción primaria, creando y protegiendo el establecimiento de escuelas gratuitas en los poblados y en los campos, fijas y ambulantes, nocturnas y dominicales, de manera que los conocimientos obligatorios estén al alcance de todos las condiciones sociales.

Art. 8º Ni la Nación, ni los Estados, ni los Municipios, deben considerarse relevados del deber que tienen de fomentar la instrucción primaria, porque uno de ellos haya tomado la iniciativa, y tenga escuela establecida en la localidad respectiva. Pueden sí asociar sus esfuerzos, y aun es conveniente que lo hagan para darle unidad al plan general de enseñanza y para obtener más prontos y felices resultados.

Art. 9º Los Estados y los Municipios pueden ocurrir al Gobierno Federal pidiéndole que ponga sus escuelas y sus rentas de escuelas bajo la autoridad de la Dirección Nacional de la Instrucción Primaria.
Art. 10. Todo esfuerzo en beneficio de la instrucción primaria, sea de un individuo, de una asociación, o del Poder Federal, será eficazmente secundado y protegido por las autoridades de los Estados.

TÍTULO II

De la protección que da el Poder Federal a la instrucción primaria

Art. 1º El Poder Federal promueve la instrucción primaria:

1º Por medio de una Dirección Nacional de Instrucción Primaria que residirá en la capital de la Unión y la compondrán tres miembros principales y tres suplentes, elegidos por el Gobierno y presididos por el Ministro o Secretario de Fomento.

2º Por medio de Juntas superiores en la capital de cada Estado, constituidas con tres miembros principales y tres suplentes que nombrará la Dirección Nacional.

3º Por medio de juntas departamentales que residirán en la cabecera del departamento, distrito o cantón respectivos. Estas juntas serán nombradas por la junta superior del Estado a que pertenezcan los departamentos, distritos o cantones y se compondrán de tres miembros principales y tres suplentes.

4º Por medio de juntas parroquiales que residirán en la cabecera de cada parroquia, y se compondrán de tres miembros principales y tres suplentes, elegidos por la junta departamental respectiva.

5º Por medio de juntas vecinales que nombrarán las parroquial es en todos los pueblos y caseríos de su jurisdicción, y que pueden constar de dos o tres miembros principales y sus respectivos suplentes, según lo permita la población de cada lugar.

6º Por medio de sociedades populares cooperadoras de ambos sexos, promovidas y relacionadas con las respectivas direcciones y juntas, como lo dispone este decreto y los estatutos reglamentarios.

Art. 2º La Dirección Nacional de Instrucción Primaria tendrá las atribuciones siguientes:

1a Presentar al Gobierno para su aprobación los estatutos reglamentarios de la instrucción primaria.

2a Nombrar y remover los miembros de las juntas superiores de instrucción primaria.

3a Comunicar a las juntas superiores sus órdenes y rectificar los errores y corregir las faltas que ellas cometan, revocando si fuere necesario los nombramientos de sus miembros o del que haya faltado a sus deberes, sin perjuicio de intentar cualquier otro procedimiento ante las autoridades competentes, según la gravedad de la falta.

4a Proponer al Gobierno la persona que crea apta para desempeñar el destino de tesorero general de las rentas de escuelas y exigir del nombrado la fianza que deba dar conforme a este decreto.

5a Desempeñar, en unión del tesorero general, ]as demás atribuciones que en materia de rentas le señala este decreto.

6a Dictar las disposiciones convenientes para que las rentas de escuela se recauden eficazmente, y para que se distribuyan y gasten con orden, economía y estricta aplicación a su objeto.

7a Pasar tanteo a la caja de la tesorería general de rentas de escuelas y examinar sus libros y cuentas para ver si se lleva con orden y exactitud.

8a Ordenar las erogaciones, tanto ordinarias como extraordinarias, que deba hacer la tesorería general de rentas de escuelas.

9a Examinar la cuenta que cada seis meses le presentará el tesorero general y pasarla al Gobierno con su informe.

10. Formar cada año el presupuesto general de gastos de la instrucción primaria, teniendo en cuenta el rendimiento de sus rentas.

11. Nombrar inspectores de las escuelas primarias dependientes del Poder Federal para que las visiten y le informen de su estado.

12. Elegir los textos y determinar el método de enseñanza que deba observarse en todas las escuelas primarias dependientes del Poder Federal.

13. Montar una imprenta para imprimir los textos de la enseñanza primaria y para los demás usos útiles a este ramo.

14. Considerar las solicitudes que le dirijan las juntas superiores para la fundación de escuelas y expedir las patentes que les dan derecho a la protección del Poder Federal.

15 Adquirir los objetos que sean necesarios para las escuelas primarias, haciéndolos venir del extranjero o tomándolos en el país, del modo que sea más económico.

16. Establecer una publicación periódica en que se demuestre la utilidad de la instrucción primaria, se excite a los ciudadanos a fomentarla, se recomiende a la consideración pública a aquellos que presten importantes servicios a esa noble causa, y se publiquen los actos de la Dirección Nacional, los estados rentísticos, los trabajos de las juntas inferiores y de las sociedades cooperadoras, y todo lo que interese al progreso de la instrucción primaria.

17. Ponerse en correspondencia con las sociedades propagadoras de la instrucción y con los educacionistas notables del extranjero, para conocer los adelantos que se hagan en materia de instrucción y adaptarlos al país.

18. Promover ante los gobiernos de los Estados las medidas que crea necesarias para alcanzar cuanto antes la universalidad de la instrucción primaria en Venezuela.

19. Formar todos los años la estadística general de la instrucción primaria, para lo cual hará modelos y dará órdenes a las juntas superiores;

20. Presentar todos los años al Gobierno, en el mes de enero, una Memoria del ramo que está a su cargo.

21. Resolver las dudas que ocurran a las juntas superiores sobre la inteligencia de este decreto y de los estatutos reglamentarios, y proveer a las solicitudes de las juntas inferiores, de las sociedades cooperadoras y de los ciudadanos en asuntos que interesen a la instrucción primaria.

22. Desempeñar las demás funciones que le atribuya este decreto y los estatutos reglamentarios.

Art. 3º Habrá un tesorero general de las rentas de escuela nombrado como queda dicho, el cual dará una fianza de tres mil pesos, antes de entrar en el ejercicio de su empleo.

Art. 4º El tesorero general de las rentas de escuelas es un empleado dependiente de la Dirección Nacional de Instrucción Primaria: tendrá las atribuciones que le da este decreto y las que le señalen los estatutos reglamentarios, y gozará de la comisión que l e fijen aquéllos, como remuneración de sus servicios.

Art. 5º El tesorero general nombrará con aprobación de la Dirección Nacional, agentes o tesoreros subalternos dondequiera que lo exijan los intereses de la instrucción primaria, a juicio de la Dirección Nacional, y conforme a las disposiciones de este decreto y de los estatutos reglamentarios.

Art. 6º Los agentes y tesoreros subalternos de las rentas de escuelas tendrán una parte de la comisión asignada al tesorero general, para lo cual se tendrá en cuenta el mayor o menor movimiento de la renta en cada lugar.

Art. 7º La Dirección Nacional de Instrucción Primaria tendrá un secretario de su elección, el cual desempeñará las funciones ordinarias de su empleo y las que le señalen los estatutos reglamentarios, y gozará del sueldo mensual que le asigne la Dirección.

Art. 8º Son atribuciones de las juntas superiores:

1a Cumplir y hacer cumplir por las juntas de su dependencia este decreto, los estatutos reglamentarios y las órdenes de la Dirección Nacional de Instrucción Primaria.

2a Nombrar y remover las juntas departamentales de su jurisdicción e intentar ante la autoridad competente, el procedimiento a que diere lugar algún funcionario de su dependencia, por falta grave en el cumplimiento de sus deberes.

3a Promover en las capitales de los Estados y en todos los pueblos y caseríos por medio de las juntas departamentales, vecinales y parroquiales, la instalación de sociedades de ambos sexos que cooperen a la instrucción primaria con la participación que les da este decreto en la obra de la ilustración del pueblo.

4a Formar el presupuesto de los gastos que ocasione cada escuela que haya de fundarse en el territorio del Estado respectivo, según los datos que le suministren las juntas de su dependencia y remitirlo a la Dirección Nacional para su aprobación y para que expida la patente correspondiente, sin cuyo requisito no estará obligada la Nación a sostener ninguna escuela.

5a Fundar, previo lo dispuesto en el número anterior, por lo menos una escuela primaria de niños y otra de niñas en la capital de cada Estado, nombrando los preceptores o preceptoras y organizándolas conforme a las disposiciones de este decreto y de los estatutos reglamentarios.

6a Inspeccionar las escuelas primarias fundadas en las capitales de los Estados conforme al número anterior y nombrar inspectores que visiten las establecidas por cuenta de la Nación en el territorio del Estado respectivo.

7a Pasar tanteo a la caja del agente o tesorero subalterno de las rentas de escuelas, en la capital del Estado, e informar a la Dirección Nacional de la visita, así como de todo aquello que interese el incremento y buena administración de las rentas de escuelas.

8a Excitar a las juntas departamentales y a las sociedades cooperadoras a fundar las escuelas cuyo presupuesto esté aprobado por la Dirección Nacional o a remitir los datos necesarios para formar el presupuesto de las que hayan de fundarse.

9a Remitir a la Dirección Nacional, con su informe, las consultas o solicitudes que les dirijan las juntas de su dependencia, y comunicar a ésta las resoluciones u órdenes de aquéllas en la parte que les concierna.

10. Formar todos los años la estadística de la instrucción primaria en el Estado respectivo, para lo cual recogerán todos los datos necesarios de las juntas inferiores, dándoles los modelos e instrucciones, según lo haya dispuesto la Dirección Nacional.

11. Apoyar las gestiones de la Dirección Nacional ante las autoridades de los Estados y promover de acuerdo con éstas, las medidas que crean necesarias para propagar la instrucción primaria.

12. Estimular el patriotismo de los ciudadanos con actos honoríficos en favor de aquéllos que se distingan por sus servicios a la causa de la instrucción primaria.

13. Informar constantemente a la Dirección Nacional de todo cuanto tenga relación con el ramo de instrucción primaria, en el Estado a que corresponde la junta.

Art. 9º Son atribuciones y deberes de las juntas departamentales:

1a Cumplir y hacer cumplir este decreto, los estatutos reglamentarios, las disposiciones de la Dirección Nacional de Instrucción Primaria y las que las juntas superiores respectivas dictaren en el círculo de sus atribuciones.

2a Nombrar y remover los miembros de las juntas parroquiales de su jurisdicción e intentar ante la autoridad competente el procedimiento a que den lugar los funcionarios de su dependencia por faltas graves en el cumplimiento de sus deberes.

3a Promover directamente en la cabecera del departamento, distrito o cantón en que resida la Junta, y por medio de las parroquiales y vecinales, la instalación de las sociedades cooperadoras de que trata este decreto.

4a Calcular los gastos que ocasione la fundación de una escuela de niños y otra de niñas, por lo menos, en la población en que resida la Junta, y remitir estos cálculos a la superior del Estado para que ésta forme el presupuesto y solicite la patente de la Dirección Nacional. Así mismo remitirán a la junta superior los proyectos de escuelas y los presupuestos que hayan formado las juntas parroquiales y vecinales de su jurisdicción. agregándoles su informe.

5a Nombrar los preceptores y preceptoras de las escuelas establecidas en el lugar de su residencia y revocar los nombramientos hechos por la s parroquiales, previa la comprobación de que los preceptores o preceptoras no cumplen sus deberes, y que aquéllas se hayan manifestado omisas o parciales.

6a Inspeccionar las escuelas del lugar en que resida la junta y nombrar inspectores que visiten las demás del departamento, distrito o cantón.

7a Visitar la agencia o tesorería subalterna de rentas de escuelas que haya en el lugar de su residencia, pasar tanteo de caja e in formar a la Dirección Nacional por órgano de la junta superior del Estado, del resultado de su visita y de todo cuanto tenga relación con el aumento y buena administración de la renta de escuelas.

8a Excitar a las juntas parroquiales a que hagan proyectos de escuelas, formen sus presupuestos y soliciten de la Dirección Nacional, por el órgano competente, la aprobación que se exige para los efectos de este decreto.

9a Requerir a las juntas parroquiales y vecinales para que lleven a cabo el establecimiento de las escuelas que hayan sido dotadas convenientemente por la dirección nacional.

10. Llevar correspondencia con la junta superior del Estado y con las parroquiales y sociedades cooperadoras de su jurisdicción.

11. Promover ante las autoridades de la localidad, las medidas que en el concepto de las juntas superiores o de la Dirección Nacional, convenga adoptar en beneficio de la instrucción primaria.

12. Formar cada tres meses la estadística de la instrucción primaria, según los modelos acordados por la Dirección Nacional.

13. Recomendar a la consideración pública el nombre de todas las personas que presten importantes servicios a la causa de la instrucción primaria.

14. Cumplir los demás deberes que les impongan los estatutos reglamentarios.

Art. 10. Las juntas parroquiales tienen en el lugar de su residencia y respecto de las juntas vecinales, de las sociedades cooperadoras y de las escuelas de su jurisdicción, deberes y atribuciones análogas a las de las juntas departamentales.

Art. 11. Las juntas vecinales tendrán las atribuciones y deberes que sean compatibles con su encargo, según lo dispongan os estatutos reglamentarios.

Art. 12. Las personas de ambos sexos que quieran prestar una protección colectiva a la instrucción primaria, se constituirán en sociedades cooperadoras, cuyos principales servicios serán:

1º Apoyar con sus recursos, relaciones y luces a las juntas de instrucción primaria, a fin de que se funden escuelas y se sostengan las establecidas.

2º Reclamar el cumplimiento de este decreto, de los estatutos reglamentarios y de todas las disposiciones que favorezcan la instrucción primaria.

3º Combatir toda preocupación contra el impuesto de escuelas y comprometerse a no celebrar ningún negocio y a no dar ni recibir ninguna suma sin documento escrito en que se inutilicen las estampillas correspondientes al impuesto de escuelas.

4º Comprometerse a mandar a la escuela y hacer que los demás vecinos del lugar manden a los niños que carezcan de los conocimientos obligatorios.

5º Denunciar ante la Dirección Nacional o Juntas de Instrucción las irregularidades o abusos que se cometan en fraude de la instrucción primaria.

6º Facilitar a las juntas de instrucción primaria todos los datos que puedan necesitar para el establecimiento de escuelas y para la formación de la estadística del ramo.

7º Pedir ante las autoridades locales disposiciones eficaces para que los padres, madres, tutores o encargados de niños, cumplan con el deber de hacerlos aprender, por lo menos, lo que se exige como necesario.

8º Desempeñar las demás atribuciones que le señalen los estatutos reglamentarios.

Art. 13. Las juntas superiores en las capitales de los Estados tendrán un secretario de su elección, cuyo sueldo fijará la Dirección Nacional.

Art. 14. En las juntas departamentales, parroquiales o vecinales, uno de sus miembros desempeñará las funciones de secretario.

Art. 15. Los miembros de la dirección nacional, de la junta superior, de las departamentales, parroquiales y vecinales, no gozarán de sueldo ni comisión; prestan un servicio patriótico.

Art. 16. Todos los destinos dependientes del ramo de instrucción primaria se consideran en comisión.
Art. 17. La Dirección Nacional desempeñará en el Estado en que resida el Poder Federal, además de sus atribuciones ordinarias, las de la junta superior de aquel Estado.

De las escuelas primarias

Art. 18. Mientras los conocimientos obligatorios no se hayan generalizado suficientemente en toda la República, las escuelas primarias dependientes del Poder Federal, se dedicarán especialmente a la enseñanza de las materias mencionadas en el artículo 2º de este decreto.

Art. 19. La Dirección Nacional de Instrucción Primaria, con vista de los resultados que arroje la estadística, propondrá al Gobierno el ensanche que deba darse a los conocimientos elementales o preparatorios; y las reformas que se hagan en este punto se consignarán en los estatutos reglamentarios.

Art. 20. Las escuelas primarias de niños o niñas serán fijas o ambulantes: las primeras se establecerán en las ciudades, villas o poblados, y las segundas en los caseríos y en los campos.

Art. 21. Las escuelas primarias de adultos pueden ser dominicales y nocturnas.

Art. 22. En las fortalezas y cuarteles de la Nación se enseñará también a los soldados las materias mencionadas en el artículo 2º de este decreto.

Art. 23. En las escuelas primarias dependientes del Poder Federal se emplearán los métodos más sencillos y que conduzcan más pronto a la adquisición de los conocimientos obligatorios.

Art. 24. Los habitantes de cualquier pueblo o caserío donde no haya junta de instrucción primaria, pueden dirigirse a la junta superior del Estado reclamando el nombramiento de los funcionarios correspondientes a su localidad.

Art. 25. Todo preceptor o preceptora que enseñe por quince años consecutivos las primeras letras en las escuelas de la Nación, obtendrán su jubilación y gozarán durante su vida de una pensión igual al sueldo que disfrutaba y que se pagará de las rentas de instrucción primaria.

Art. 26. La Dirección Nacional acordará recompensas extraordinarias a los profesores y profesoras que enseñen mayor número de alumnos en un año.

Art. 27. Los estatutos reglamentarios desarrollarán y complementarán todo lo relativo a la organización de las escuelas primarias.
Art. 28. Desde 1º de enero de 1871 quedará sometida la Escuela Bolívar» que creó el decreto legislativo de 6 de junio de 1865 a la autoridad de la Dirección Nacional de Instrucción Primaria.

De las rentas de instrucción primaria

Art. 29. Se establece un impuesto nacional sobre la circulación de los valores en la forma que se expresará; y su producto integro se destina a la fundación y sostenimiento de escuelas primarias.

[Los artículos 30 al 63 reglamentan el impuesto de estampillas].

Art. 64 . Son , además, rentas de la instrucción primaria, las donaciones de los ciudadanos y de las sociedades cooperadoras, y los fondos que los Estados o los Municipios destinen a ese objeto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10, título I de este decreto.

Art. 65. Los estatutos reglamentarios complementarán todo lo relativo a la administración de las rentas de escuelas.

Art. 66. Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente decreto.
Dado, firmado de mi mano y refrendado por el Secretario de Fomento en Caracas, a 27 de junio de 1870.-7º y 12.

A. Guzmán Blanco.

Refrendado,

El Secretario de Fomento,
Martín J. Sanabria

27 de junio de 1905 se amotina la tripulación del acorazado ruso “POTEMKIN” en Sebastopol.


27 de junio de 1905 se amotina la tripulación del acorazado ruso “POTEMKIN” en Sebastopol. Su rebelión está considerada como uno de los hechos clave de la primera Revolución Rusa.

Marinos rusos se amotinaron contra sus oficiales a bordo del navío de guerra más poderoso del mundo en ese momento: el Acorazado ruso "Potemkin" . Los mismos, llevaban una vida de trabajo extenuante y de opresión absoluta. Contra todo pronóstico, los marinos se jugaron la vida para controlar el barco e izar la bandera roja de la revolución. Lo que siguió fue una dramática persecución, puerto por puerto, que duró once días y acabó simbolizando el deseo de cambio social al que se asoció la Revolución Rusa de 1917.

El Potemkin era un acorazado de la Flota del Mar Negro rusa. Se empezó su construcción en el astillero Nikoláyev en 1898, y fue botado en 1904. Su nombre es un tributo a Grigori Alexandrovich Potemkin, un militar ruso del siglo XVIII.

Fue visto posteriormente como un paso inicial hacia la Revolución rusa de 1917, y se convirtió en la base histórica para la película muda de Sergei Eisenstein El Acorazado Potemkin.

domingo, 26 de junio de 2011

En 1976 es abierta al público en Toronto, la "Torre Nacional de Canadá" (CN Tower).Considerada el principal ícono de la ciudad, su estructura autoestable es la más elevada del mundo con más de 550 metros de altura, la cual no se encuentra sostenida por cables en tierra firme.





 La Torre Nacional de Canada ,es un importante centro de telecomunicaciones, y es el centro del turismo en Toronto, atrayendo millones de turistas cada año

ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE SALVADOR ALLENDE

En 1908 nace en Valparaíso, Chile, SALVADOR ALLENDE.Político chileno, líder del Partido Socialista, del que también fue cofundador en 1933. Fue presidente de Chile desde 1970 hasta el golpe de estado dirigido por el general Augusto Pinochet de 1973, día en que falleció en el Palacio de la Moneda, que fue bombardeado por los golpistas.





ALLENDE se destacó por su liderazgo y compromiso con la causa de los oprimidos. Tras graduarse de médico cirujano, se dedicó a tratar los asuntos sociales de la medicina, publicando diversos trabajos y participando activamente en el gremio. Fue diputado, ministro de Salud, senador, presidente de dicha cámara y 4 veces candidato a la Presidencia de la República, la cual finalmente obtuvo en 1970, con el apoyo de la Unidad Popular, convirtiéndose en el primer presidente marxista en el mundo que accedió democráticamente al poder. Su lealtad al socialismo y al pueblo chileno originó el golpe de estado que la derecha chilena y el imperialismo norteamericano acometieron en 1973, que hundió a Chile en una dictadura militar fascista .
El 26 de Junio 1945 se firma en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos, la Carta de las Naciones Unidas.Con 50 naciones representadas, se firmó la Carta con el fin de dotar a la comunidad internacional de un instrumento que permitiera lograr una situación de seguridad internacional y la convivencia pacífica.





La Carta consiste de un preámbulo y una serie de artículos divididos en XVI Capitulos.____La carta se firmó oficialmente sino hasta el 24 de octubre del mismo año por las cinco grandes potencias y por la mayoría de los países que existían al constituirse las Naciones Unidas.
Hasta ahora, más que una estructura , en las Naciones Unidas las decisiones trascendentales sólo son aprobadas o vetadas por el bloque de países que resultó victorioso en la Segunda Guerra Mundial. Incluso en la Guerra contra Irak en 2003, la primera potencia mundial (EEUU), desechó contar con una resolución que aprobara su intervención en ese país, lo mismo puede decirse de la resolución que cada año se aprueba en este organismo ( generalmente por mayoría), del levantamiento del bloqueo a la República de Cuba y a la que EEUU no le da ninguna importancia. Lo que acá queda claro es que la Asamblea General tiene muy poco o ningún poder para decidir sobre los temas mundiales de cualquier orden.
El 26 de Junion1541 era asesinado el conquistador español, FRANCISCO PIZARRO, a ocho años de efectuada la ocupación del Tahuantinsuyu, el Imperio Inca.





Tras derrotar y someter a los Incas, Pizarro y su antiguo socio, Diego de Almagro, se enemistaron por el control de ese inmenso y rico territorio. En 1537 Almagro hizo prisioneros a los hermanos de Pizarro, Hernando y Gonzalo, lo que provocó un enfrentamiento en el que venció Pizarro, y desembocó en la condena y ejecución de Almagro, en 1538.
El 26 DE jUNIO 1821 nace en Buenos Aires, el político e intelectual BARTOLOME MITRE.





Mitre se destaco como poeta, historiador, filólogo, sociólogo y periodista. Fue gobernador de la Provincia de Buenos Aires y Presidente de la Nación Argentina entre 1862 y 1868.___Fue además opositor de Juan Manuel de Rosas y miembro activo de las fuerzas militares que se alinearon con el liberalismo y el unitarismo, pero se destacó sobretodo en las letras, actividad en la que dejó un considerable legado para la historia de la profesión en Latinoamérica.
EL BARCELONAZO




Insurrección militar que se llevó cabo en Cuartel Pedro María Freites de la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, el 26 junio de 1961, conocida históricamente como “El Barcelonazo”. Este hecho se desencadenó por las persecuciones, allanamientos y detenciones que efectuaron la Dirección General de Policía (Digepol) y las bandas armadas de Acción Democrática contra miembros de la Cámara Agrícola de Venezuela unos días antes producirse el alzamiento. Aunque el verdadero motivo era el profundo descontento que sentían los sectores de las Fuerzas Armadas contra el Gobierno de Betancourt.

Estuvo liderado por el Mayor Luis Alberto Vivas y los Capitanes Rubén Massó, José Gabriel Marín y Tesalio Murillo, entre otros, pero a pesar de que no pudieron lograr el respaldo de otras guarniciones, capturaron al Gobernador Rafael Solórzano y al Sec. Gral. de gobierno, Carlos Canache Mata; tomaron la sede de AD, el comando de Policía de Pto. La Cruz y algunas radioemisoras, por algunas horas. 

Este fue uno de los capítulos más atroces de la historia de los derechos humanos durante el gobierno de Betancourt, porque la represión que ejecutaron sus tropas dejó un gran número de muertos y heridos . Es importante resaltar que los sobrevivientes fueron sometidos a Vejámenes y torturas, incluyendo a civiles quienes fueron juzgados por Tribunales Militares.Asi pues actúa la PSEUDODEMOCRACIA.